EN Twitter

miércoles, 18 de enero de 2012

#mientrastanto en un estacionamiento de #Chile


Esta señora se estaciona en un estacionamiento exclusivo para discapacitados, por si fuera menos ocupa dos espacios. La señora se escusa en que los lugares estaban desocupados y que no tenia idea que podía llegar alguien con discapacidad.

La señora que conducía el vehículo Mazda 7 color blanco patente CJ-VG*19,  podría arriesgar sanciones que fluctúan entre 1 U.T.M. a 1,5 U.T.M. ya que corresponde a una Falta Grave.

LA LEY  y los  Estacionamientos Reservados para Personas con Discapacidad

La Ley 19.900 “Estacionamientos Reservados para Personas con Discapacidad" “Solamente las personas que posean la credencial del Registro Nacional de la Discapacidad. Pueden hacer uso de los estacionamientos reservados para PcD. No es necesario, la ley sólo exige la identificación del Registro Nacional de la Discapacidad. La silla de rueda azul con fondo blanco es la señalética adecuada si quiere colocar alguna señalización adicional”

La Ley 20.422 establece en el Art. 31 que "Los establecimientos que cuenten con estacionamientos para personas con discapacidad al interior de sus dependencias, como centros o complejos comerciales y supermercados, y posean servicios de vigilancia privada, deberán velar por su correcto uso, denunciando ante las autoridades competentes, a los vehículos infractores."

(Titulo original del vídeo Saquen sus conclusiones. Así es Chile. Subido por FUnador100 el 17/01/2012 vía YouTube) 

No hay comentarios.:

Publicar un comentario